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Eliminación de multas por Sunat

  • Fuente: mistercontable.com
  • 6 sept 2016
  • 2 Min. de lectura


Normalmente cuando se hacia un rectificación el contribuyente tenia que pagar una multa. La Sunat en su nueva linea de tendencia en ser mas amigable con el empresario ha hecho una serie de modificaciones. Entre estas es eliminar la multa a la rectificación solo si no origina un perjuicio fiscal.


Dentro de resolución Nº 039-2016-SUNAT nos muestra las siguiente modificaciones:


1. Si el incumplimiento de las obligaciones obedece a hechos fortuitos o de fuerza mayor, como incendios y desastres naturales.


2. Si dos o más libros y/o registros se presentan con un atraso mayor al permitido; en este caso solo se multará una sola vez. Tampoco se multará en el caso de pérdida o robo de estos libros y/o registros, cuando estos hechos se comuniquen a la SUNAT antes de cualquier notificación.


3. Si se detecta que el contribuyente no ha presentado dos o más Declaraciones Juradas, solo se multará una vez por el período más reciente.


4. Cuando en una fiscalización se induce al contribuyente a presentar una declaración rectificatoria, no se sanciona si dicha declaración es la segunda o siguientes.


5. En caso no se proporcione la información solicitada por el auditor tributario, siempre que sea la primera vez y se entregue la misma en el nuevo plazo otorgado.


6. Si el contribuyente no se presenta o lo hace fuera del plazo legal, siempre que exista causa justificada (enfermedad, viaje u otros) o la comparecencia se realice dentro del nuevo plazo otorgado.


“Estos criterios beneficiarán a un gran universo de deudores tributarios, considerando que las infracciones son objetivas y pueden ser cometidas independientemente del régimen al cual pertenece el contribuyente”, explicó el ente recaudador.


Esta norma tiene como objetivo difundir que no se sanciona los casos en que los contribuyentes no exhiban sus libros y registros, no comparezcan o lo hagan extemporáneamente, cuando dichas infracciones son producto de una acción inductiva, considerando que su objetivo es que los contribuyentes regularicen voluntariamente las omisiones o inconsistencias detectadas.

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